Honduras
Desde el 1 de enero de 2009, la ampliación de la base exenta del Impuesto Sobre la Renta, contenida en el Decreto 140-2008 y publicada en La Gaceta 31,780 del 6 de diciembre de 2008, está vigente.
Para los trabajadores del sector privado que reciben hoy su primer salario de 2009, es recomendable que estén pendientes de las deducciones que aparecerán en el comprobante de pago.
Con esa reforma aprobada por el Congreso Nacional, el monto exento aumenta de 90,000 a 150,000 lempiras anuales.
Lo anterior significa que las personas que ganen hasta 12,500 mensuales o 150,000 anuales están exentos de ese pago.
Dagoberto Sandoval, jefe del departamento de Asistencia al Contribuyente de la Dirección Ejecutiva de Ingresos, DEI, manifestó que han asistido a empresas que actúan como retenedoras para que hagan la aplicación correcta de las deducciones según la ley.
Beneficios
Se considera ingreso gravable, el valor de la compra, uso o alquiler de bienes, gastos educacionales y otras erogaciones para los ejecutivos y funcionarios a quienes se les destina para su uso exclusivo o de su grupo familiar. En el caso de las personas mayores de 65 años, con renta bruta hasta 350,000 lempiras anuales, que hayan pagado el ISR durante cinco años consecutivos, gozan del beneficio de un techo exento por la suma señalada, en consecuencia pagarán sobre el exceso, aplicando el porcentaje que corresponda a los ingresos.
