Honduras
La perspectivas salariales de clase trabajadora en los sectores público y privado mejorarán en 2009. El poder adquisitivo de su salario mejorará por la ampliación del monto gravable del Impuesto Sobre la Renta.
El Decreto 140-2008, publicado en La Gaceta desde 6 de diciembre de 2008, dice que la base exenta aumenta de 90,000 a 150,000 lempiras anuales.
El director de la DEI, Armando Sarmiento, afirma que los beneficiarios serán unas 35,000 personas naturales.
Agrega que estarán exentos del pago de ese impuesto los que ganan hasta 12,500 lempiras mensuales.
En la actualidad, los que no cumplen con esa obligación son los que devengan hasta 7,500 lempiras al mes.
Aquellos asalariados que ganan arriba de 12,500 lempiras mensuales gozarán de dispensas fiscales de acuerdo con sus ingresos.
Por ejemplo, una persona que devenga 18,000 lempiras al mes, paga al año 17,313.60 en concepto de Impuesto Sobre la Renta; sin embargo, a partir del siguiente ejercicio fiscal, cuando entra en vigencia el Decreto 140-2008, este mismo asalariado cancelará 9,900 lempiras, por lo que le dejará libres 7,413.60 lempiras adicionales.
La aplicación
Según el Artículo 13, se aceptarán las deducciones siguientes: 40,000 lempiras por gastos educativos y por honorarios pagados a médicos, bacteriólogos, dentistas, hospitales, medicinas y otros profesionales residentes en el país por los servicios prestados al contribuyente o sus dependientes, sin necesidad de presentar comprobante alguno.
Para el cálculo de impuestos aplicable a las personas naturales, estarán exentos los primeros 110,000 lempiras de ingresos anuales, al exceso se le aplicarán las tasas que correspondan a los respectivos tramos de renta.
Actualmente, el monto es de 70,000 lempiras.
Con la reforma, los primeros 110,000 lempiras están exentos; de 110,000.01 a 20,000 lempiras se gravará con 15%; de 200,000.01 a 500,000 se le aplicará 20% y de 500,000.01 en adelante un 25%.
Todo contribuyente estará obligado a presentar ante la DEI, por sí o por medio de representante legal, del 1 de enero al 30 de abril de cada año, una declaración jurada de las rentas obtenidas durante el ejercicio fiscal anterior, excepto cuando en sus empresas se los deduzcan por medio de planilla.
Recaudación
La cifras de recaudación publicadas por la DEI indican que las metas de recaudación fiscal se han estado cumpliendo por arriba del 100 %.
Deducciones
Los empleados cuyo impuesto es cobrado a través de la planilla deberán ver la medida reflejada en sus comprobantes de pago del próximo año.
