16/05/2024
01:05 AM

Procurador General y respeto al Congreso

Juan Ramón Martínez

El Procurador General de la República parece que no conoce mucho de derecho. Especialmente de derecho constitucional. Por eso, en el anuncio del retiro de Honduras de la Ciadi, que incluso ha incomodado a China, ha olvidado que para que el retiro se haga posible, se requiere que el Congreso Nacional tome la determinación correspondiente. Uno de mis lectores, exembajador y distinguido abogado, me ha escrito refiriéndose al tema. Creo que sus criterios tienen enorme valor, por lo que debo ceder este espacio a su ilustrado conocimiento.

Escribe el abogado Juan Alberto Lara Bueso: “El Estado de Honduras suscribió el Convenio de CIADI el 28 de mayo de 1986. El P.E. por medio de la Secretaría de Relaciones Exteriores emitió el acuerdo No. 8—DTTL de fecha 28 de julio de 1986. La Cancillería remitió al CN el referido acuerdo acompañando el Convenio del CIADI para su aprobación. El CN lo aprobó mediante Decreto No. 41—88 de 28 de marzo de 1988. Fue publicado en La Gaceta el 4 de agosto de 1988. La Cancillería emitió el Instrumento de Ratificación firmado por el Presidente de la República y procedió a depositarlo en el Banco Mundial el 14 de febrero de 1989. De modo que entró en vigencia el 16 de mayo de 1989”.

Es probable que Díaz Galeas conozca este procedimiento; e ignore las fechas señaladas. Pero que, extrañamente –no me pregunten por qué– incurre en la falla de pasar por alto lo que es una regla jurídica aceptada: que las cosas se deshacen en la misma forma como se hicieron. Lara Bueso aporta indicaciones al respecto: “Como premisa, Honduras tiene derecho a suscribir tratados, así como decidir su retiro mediante la denuncia escrita, siempre y obligatoriamente, que se cumpla con los procedimientos establecidos en el ámbito internacional y en el derecho interno. El Banco Mundial informó que el Estado de Honduras notificó la denuncia del Convenio del Ciadi el 24 de febrero de 2024, que será efectiva el 25 de agosto de 2024. El Gobierno de Honduras no emitió ninguna información oficial. De acuerdo con informaciones oficiales confirmadas, la notificación del Gobierno de Honduras de la denuncia del Ciadi la presentó sin la aprobación previa del Congreso Nacional, es decir que la Secretaría de Relaciones Exteriores no siguió el procedimiento interno. En consecuencia, el procedimiento fue incompleto; y, por lo tanto, la denuncia del Ciadi es un acto con vicios de legalidad y efectos adversos a su aplicación. La misma secretaría de Estado muestra que no siguió el procedimiento interno, cuando en la nota firmada por el canciller no se hace mención del Decreto Legislativo que la aprobó. Simplemente, porque no fue sometido al Congreso Nacional. Doctrinariamente los vicios de legalidad de los actos administrativos son circunstancias normativas que afectan su validez y que pueden causar la infracción del ordenamiento jurídico alterando su legalidad, ocasionando su invalidez”.

Estas fallas, deliberadas o no, comprometen la imagen del Estado de Honduras ante la comunidad internacional. Especialmente cuando Honduras está negociando un tratado comercial con China. Por lo que creemos que hace falta que la Procuraduría General de la República efectúe una revisión del protocolo que siguió en la denuncia del tratado que ampara el Ciadi. Pero si por obstinación; o, cobardía el Procurador General no procede como corresponde, el Congreso Nacional está en la obligación de investigar el asunto y haciendo las correcciones correspondientes, llamarle la atención al mismo y, de consiguiente, proceder de conformidad. Honduras no puede seguir en manos de los improvisados. Los cuerdos deben manejar los intereses nacionales. No podemos seguir como hasta ahora, haciendo tonterías.

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